Estmad@s Integrantes de la Mesa Coordinadora de CODISAM:
La que se llevará a efecto el próximo martes 29 de marzo
2016, “en esta oportunidad trabajaremos
en otro lugar debido a algunos arreglos que se están realizando en nuestras
oficinas, el lugar será en la Caja de Compensación Los Andes ubicada en
Alonso de Ovalle 1465 Metro Moneda”.
Continúa la citación con: “les recuerdo que hay compromisos asumidos desde la última reunión con
respecto a iniciar las acciones para la obtención de personería jurídica del
CODISAM”.
Al respecto, se han recopilado antecedentes que
deberíamos considerar para tal reunión y que dicen relación, especialmente, con
la Ley 20.500 y su Reglamento.
Por otra parte, el Estatuto tipo que nos serviría para
dotar de Personalidad Jurídica a CODISAM, (Res. Ex. Nº 1.618, 160512, del
Ministerio de Justicia, que aprueba el modelo de Estatuto tipo de Asociación
del Adulto Mayor como Persona Jurídica sin fines de lucro, regida por el Título
XXXIII del Libro Primero del Código Civil), se ha variado su formato original
de .pdf a WORD, para que sea fácilmente editable. Tarea que está completamente
efectuada.
Como cuestión previa debemos considerar que en la Res Ex
aludida se dice:
“EL PRESENTE ESTATUTO CUMPLE EL MANDATO LEGAL DE SER UN
MODELO ASOCIATIVO APROBADO POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA, SIN PERJUICIO QUE
PUEDA CONFIGURARSE UN ESTATUTO DIVERSO EN CORRESPONDENCIA CON LAS NORMAS
JURÍDICAS PERTINENTES.”
Creo que lo más rápido es aceptarlo, en todo su
articulado, y después se pueden hacer las modificaciones que sean necesarias,
conforme a la experiencia.
Puntos sobre los cuales deberíamos debatir y ponernos de
acuerdo:
1
Nombre de la organización:
En Santiago, a DIA de MES de 2016, siendo
las 13:15 horas, se lleva a efecto una asamblea en Echaurren Nº 4, piso 7, con
la asistencia de las personas que se individualizan y firman al final de la
presente acta, quienes manifiestan que se han reunido con el objeto de adoptar
los acuerdos necesarios para constituir una Asociación de Derecho Privado, sin
fin de lucro, denominada "ASOCIACIÓN DEL ADULTO MAYOR Consejo de
Dirigentes Sociales del Adulto Mayor” la que también podrá llamarse "CODISAM".
2 Mes en que se celebrara la Asamblea
General Ordinaria de Socios: “En el mes
de MARZO de cada año se celebrará la Asamblea General Ordinaria, en la cual el Directorio presentará el
Balance, Inventario y Memoria del ejercicio anterior y se procederá a las
elecciones determinadas por estos estatutos, cuando corresponda”
3 “En
la Asamblea General Ordinaria se fijará la cuota ordinaria, y de incorporación,
conforme a lo señalado en el artículo cuadragésimo sexto de estos estatutos. En
la Asamblea General Ordinaria podrá tratarse cualquier asunto relacionado con
los intereses de la Asociación, a excepción de los que correspondan
exclusivamente a las Asambleas Generales Extraordinarias.”
4 “En
las Asambleas Generales Extraordinarias se fijará la cuota extraordinaria
conforme lo señalado en el artículo cuadragésimo séptimo de estos estatutos. En
las Asambleas Generales Extraordinarias únicamente podrán tratarse las materias
indicadas en la convocatoria; cualquier acuerdo que se adopte sobre otras
materias será nulo y de ningún valor.”
5 “Artículo
Vigésimo Segundo: La institución será dirigida y administrada por un
Directorio compuesto de un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un
Tesorero (a lo menos 3 miembros, siendo el vicepresidente opcional). El
Directorio durará 3 (tres) años en sus funciones pudiendo sus miembros ser
reelegidos hasta por un nuevo período.” Acordar: Nº de directores y período
6 “Artículo Vigésimo Tercero: El
Directorio, la Comisión Revisora de Cuentas y la Comisión de Ética se elegirán
en Asamblea General Ordinaria, de acuerdo a las siguientes normas:
-Las elecciones se realizarán cada 3 (tres) años.” Acordar período
7 “Artículo
Vigésimo Quinto: En la Asamblea General en que se elija el Directorio o
dentro de los 15 días siguientes a ella, el Directorio deberá elegir, en
votación secreta de entre sus miembros, un Presidente, un Vicepresidente, un
Secretario y un Tesorero. (Los cargos dependerán del número de miembros que se
señalen integran el Directorio en el artículo vigésimo segundo).” Acordar
Nº de miembros del Directorio
8 “Artículo Trigésimo Sexto: En la
Asamblea General Ordinaria Anual que corresponda, los miembros activos elegirán
una Comisión Revisora de Cuentas, compuesta por tres de ellos, quienes durarán
4 (cuatro) años en sus funciones y cuyas obligaciones y atribuciones serán las
siguientes:” Acordar período de duración de la Comisión Revisora
9 “Artículo Trigésimo Octavo: Habrá una
Comisión de Ética, compuesta de tres miembros, elegidos cada 4 (cuatro) años en
la Asamblea General Ordinaria Anual en la forma y con los requisitos
establecidos en el artículo vigésimo tercero.
Los miembros de dicha Comisión durarán 4 (cuatro) años en sus funciones
y podrán ser reelegidos indefinidamente.” Acordar duración de la Comisión de Ética
10 “Artículo
Cuadragésimo Segundo: La Asociación proporcionará a sus socios los
siguientes beneficios:
a)
Ayuda
económica en caso de enfermedad;
b)
Ayuda
en servicio médico y/o dental;
c)
Ayuda
para gastos de hospitalización, farmacia o de laboratorio;
d)
Ayudar
a postular a una ayuda técnica a través del FONADIS, cuando un socio lo
requiera;
(Indicar lo que se
estime puede otorgar la Asociación, tales como los siguientes, que se citan a
título de ejemplo: ayuda económica en caso de enfermedad, servicio médico y/o
dental; ayuda para gastos de hospitalización, farmacia o de laboratorio; etc.)”
Pensar que otros
beneficios se pueden otorgar
11 “Artículo Cuadragésimo Quinto: El
patrimonio de la Asociación estará formado por los bienes que forman su
patrimonio inicial que son: conversar en reunión día martes 29 de marzo 2016.
La forma en que se aportarán los bienes no consistentes en dinero será:”
Id que anterior
Pensar quien nos
podría ayudar (y como) a conformar nuestro patrimonio inicial
12 “Artículo Cuadragésimo Sexto: La cuota
ordinaria mensual será determinada por la Asamblea General Ordinaria anual, a
propuesta del Directorio, y no podrá ser inferior a ni superior a unidad (es)
tributaria (s) mensual (es). Asimismo, la cuota de incorporación será
determinada por la Asamblea General Ordinaria del año respectivo, a propuesta
del Directorio, y no podrá ser inferior a ni superior a unidad (es) tributaria
(s) mensual (es). VER EL EJEMPLO DE
RedNACAM
El Directorio estará autorizado para establecer que el pago de las
cuotas ordinarias, se haga mensual, trimestral o semestralmente.”
Se llevará un
ejemplo de cálculo en función de UTM
13 “Artículo Cuadragésimo Séptimo: Las
cuotas extraordinarias serán determinadas por una Asamblea General
Extraordinaria, a propuesta del Directorio, no pudiendo ser su valor ni superior
a unidad (es) tributaria (s) mensual (es). Se procederá a fijar y exigir una
cuota de esta naturaleza, cada vez que lo requieran las necesidades de la
Asociación. No podrá fijarse más de una cuota extraordinaria por mes.” Ver
ej de RedNACAM
14 “Artículo Tercero Transitorio: Se
confiere poder amplio a don Oscar Arévalo Becerra, con domicilio Calle
Chinchorro 9374, Santiago, para que solicite al Secretario Municipal respectivo
el Registro de la personalidad jurídica de esta Asociación, facultándolo para
aceptar las modificaciones que las autoridades competentes estimen necesario o
conveniente introducirles y, en general, para realizar todas las actuaciones
que fueren necesarias para la total legalización de esta Asociación.”
15 Otras que se acuerden por la Asamblea día
290316
He discutido esta
proposición de Estatuto con Ramón Aguilar Vera.
Oscar, un Adulto
Mayor