jueves, 9 de febrero de 2017

Los derechos humanos de las personas mayores

Mariana Zegers | Miércoles 11 de enero 2017 13:51 hrs.


Las personas mayores de edad han sido referidas en los primeros  tratados internacionales de derechos humanos solo de forma indirecta y centrada en el derecho a la seguridad social y a un nivel de vida digno. En la Declaración Universal de Derechos Humanos se fija el derecho a las prestaciones sociales durante la vejez. Por su parte, el PIDESC consigna el derecho a toda persona a la seguridad social  (Derechos de las personas mayores, CEPAL).
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Un ser humano envejecido no es desechable por ser menos productivo a la economía, en caso de no trabajar. Un ser humano envejecido es fuente de memoria colectiva, portador de conocimiento y es, a fin de cuentas, un ser humano como cualquier otro, en lo que a derechos fundamentales concierne. Por último, longevidad no es equivalente a enfermedad, inactividad y dependencia.
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