(1) CIDHPM = CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES
Desmenuzando el texto de la CIDHPM, para una mejor comprensión:
CAPÍTULO II
PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 3
Son principios generales aplicables a la Convención:
a) La promoción y defensa de los derechos humanos y
libertades fundamentales de la persona mayor.
b) La valorización de la persona mayor, su papel en la
sociedad y contribución al desarrollo.
c) La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de
la persona mayor.
d) La igualdad y no discriminación.
e) La participación, integración e inclusión plena y
efectiva en la sociedad.
f) El bienestar y cuidado.
g) La seguridad física, económica y social.
h) La autorrealización.
i) La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de
vida.
j) La solidaridad y fortalecimiento de la protección
familiar y comunitaria.
k) El buen trato y la atención preferencial.
l) El enfoque diferencial para el goce efectivo de los
derechos de la persona mayor.
m) El respeto y valorización de la diversidad cultural.
n) La protección judicial efectiva.
o) La responsabilidad del Estado y participación de la
familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la
persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de acuerdo
con su legislación interna.
Es una colaboración para los AM de Chile y
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